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¿Puede prescribir una deuda con Hacienda?

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Sí, una deuda con Hacienda puede prescribir y te explicamos las particularidades de este supuesto.

Si no puedes pagar tus deudas con la Agencia Tributaria, debes saber que existe una solución. Como abogados en Barcelona de Ley de Segunda Oportunidad podemos asesorarte y ayudarte a resolverlo.

 

¿Prescribe la deuda con Hacienda?

Lo primero que debes saber es que todas las deudas prescriben. En el caso de Hacienda, a los 4 años. 

Lo que ocurre es que no es fácil conseguirlo, ya que cuando se produce la reclamación del pago se interrumpe el plazo de prescripción.

También debes saber que, dependiendo del tipo de deuda, el plazo comenzará a contar desde un momento diferente.

 

¿Cuáles son los plazos de prescripción?

Estos plazos los regula la Ley General Tributaria. En ella se establece que Hacienda puede reclamar, dentro del plazo de 4 años, los siguientes derechos:

 1. Derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada impuesto, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías

El plazo comienza a contar:

  • Para el primer caso, desde el día siguiente al que finalice el plazo para solicitar la devolución
  • Para el segundo, desde el día siguiente al que se realizó el ingreso indebido
  • Pare el tercero, desde el día siguiente del que adquiera firmeza la sentencia o la resolución administrativa

El plazo de prescripción se interrumpe:

  • Por actuación fehaciente del obligado tributario
  • Por interposición, tramitación o resolución de reclamaciones

2. Derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada impuesto, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías

El plazo comienza al día siguiente de finalizar los plazos establecidos para efectuar las devoluciones y se interrumpe:

  • Por acción de la Administración Tributaria dirigida a efectuar el reembolso
  • Por actuación fehaciente del obligado tributario
  • Por interposición, tramitación o resolución de reclamaciones

3. Derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante liquidación

El plazo comienza al día siguiente de la finalización del plazo reglamentario para presentar la declaración y se interrumpe:

  • Por interposición de reclamaciones o recursos
  • Por acción de la Administración Tributaria, realizada con conocimiento formal del obligado tributario, conducente al reconocimiento y liquidación de todos o parte de los elementos de la obligación tributaria
  • Por actuación fehaciente del obligado tributario

4. Derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas

El plazo comienza al día siguiente de la finalización del plazo de pago en periodo voluntario y se interrumpe en los mismos casos que el supuesto anterior.

 

Por lo tanto, conseguir que una deuda con Hacienda prescriba es tremendamente difícil, por no decir que casi imposible. Sin embargo, existe una solución legal para hacer frente a tus deudas con Hacienda: la Ley de Segunda Oportunidad. Contacta con nosotros para asesorarte y ayudarte en su aplicación.